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Modelo 202: ¿qué tener en cuenta?
Modelo 202: ¿qué tener en cuenta?
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Escrito por Rocío
Actualizado hace más de una semana

El modelo 202 se utiliza para realizar los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (IS) y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (entidades extranjeras con establecimientos permanentes en España y entidades en régimen de atribución de rentas).

Estos pagos fraccionados y a cuenta se deducirán de la cuota a pagar del Impuesto de Sociedades. Por tanto, este modelo es una declaración y autoliquidación periódica que supone un adelanto del IS que, posteriormente, será formalizado en el cómputo anual con el modelo 200.

Por otra parte, están obligados a presentar este modelo todos los sujetos pasivos del IS que superen una cifra de negocios superior a los 6 millones de euros (independiente del beneficio alcanzado) y las que, no habiendo alcanzado esa cifra en el año impositivo anterior, hayan obtenido un resultado positivo.

Se presenta de manera telemática y en tres periodos distintos del año:

  • Primer pago: del 1 al 20 de abril

  • Segundo pago: del 1 al 20 de octubre

  • Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre


Aclaraciones sobre los campos

  • Al completar el campo con el Epígrafe, tienes que indicar el número según IAE o CNAE, sin puntos ni comas o símbolos. Y, si necesitas consultar cuál es el número de epígrafes, puedes hacerlo en el Buscador de la Agencia Tributaria.

  • Dentro de la sección Declarante, los campos de relacionados con NIF y nombre de la empresa se completan de forma automática con los datos indicados al configurar tu cuenta.

  • Dentro de la sección Devengo, los campos de Periodo y código CNAE se completan de forma automática con los datos indicados al configurar tu cuenta y los datos fiscales.

  • Dentro de la sección Datos adicionales, el tipo de gravamen Impuesto de Sociedades en curso se completa con el tipo de gravamen asignado en la casilla 00558 del modelo 200 del año en curso.


Aclaraciones sobre las casillas

En la sección Liquidación, existen dos modalidades para completar el formulario, con las siguientes características:

  • Modalidad Artículo 40.2: la casilla número 1 tendrá en cuenta el valor de la casilla número 00599 del modelo 200 del año que corresponda, según me encuentro realizando el modelo 202 1P, 2P o 3P. Además, la casilla 3 es el 18% de la casilla 1 y Holded la calcula de forma automática.

  • Modalidad art. 40.3: esta sección obligatoria sólo para las grandes empresas, se puede editar de forma manual. Todos los datos que se añadan, se trasladan al fichero TXT automáticamente y a la conexión directa con AEAT.


Aclaraciones sobre los resultados

Ten en cuenta que si:

  • La cuota a ingresar es positiva, puedes pagar a través del NRC obtenido por el cliente o domiciliación bancaria.

  • La cuota a ingresar sea negativa o cero, puedes seleccionar la opción resultado negativo o cero.


Consejos para evitar descuadres

Recuerda que debes elegir una sola modalidad para completar este formulario. Si has completado valores en la modalidad 40.2 asegúrate de no completar ninguna casilla de la modalidad 40.3 y viceversa.

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